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¿En qué consiste la nueva ley de reforma tributaria?

REFORMA TRIBUTARIALa nueva Ley 20.780 de Reforma Tributaria –en vigencia desde el 30 de diciembre de 2014– indica que cualquier persona natural que haya adquirido una propiedad a partir del 1 de enero de 2004 y quiera venderla, deberá pagar impuesto por la ganancia obtenida, según el “valor de adquisición” que se establezca para estos fines.

¿Qué se considera como valor de adquisición?
El valor de compra original ajustado por IPC más los costos de mejoras que cuenten con la debida recepción municipal, el valor de Avalúo Fiscal al 01/01/2017 o el valor de mercado al 29/09/2014 debidamente justificado.

¿Sobre qué valor de ganancia hay que pagar impuesto?
Todas las ganancias que superen las UF 8.000 deberán pagar impuesto. Cuando la ganancia es menor a este monto, quedará registrada y se sumará a las ganancias recibidas en una nueva venta. Esto porque las UF 8.000 no se limitan a una sola vivienda, sino que se acumulan durante todas las ventas que realice una persona. Para ello, el contribuyente puede elegir un impuesto único con tasa de 10% o re liquidar el Impuesto Global Complementario durante los años que fue dueño con un máximo de diez años.

¿Por qué debo tasar mi propiedad?
Para respaldar el valor comercial de la propiedad que se quiere vender.

¿Quiénes deben realizar este trámite?
Los propietarios que son personas naturales y que adquirieron el bien raíz durante el periodo comprendido entre el 01/01/2004 y el 29/09/2014.

¿Cuál es el plazo para realizar este trámite?
El 30 de junio de 2016. Importante es solicitar la tasación con tiempo, ya que mientras más se aproxima el plazo, más aumenta la demanda.

¿Cómo se realiza el trámite ante el SII?
Teniendo el informe de tasación, debe realizar el trámite directamente vía web en www.sii.cl.